1.- ¿Qué es el Consejo Escolar y quiénes lo componen?
Es el máximo órgano de gobierno de los centros educativos. Tiene carácter colegiado y canaliza la participación de todos los grupos y estamentos que componen la comunidad escolar de un centro. Su constitución es obligatoria en cualquier centro que este gestionado con fondos públicos, ya sea un centro público o concertado. Los miembros del consejo se renuevan cada dos años por mitades excepto los pertenecientes al Equipo Directivo que están como mínimo cuatro cursos.
Las decisiones del consejo escolar se toman por mayoría simple y en caso de empate el voto del presidente es el de calidad. Todas las decisiones se toman por este procedimiento, excepto la elección del director que debe obtener mayoría absoluta.
Todos los consejos escolares de los institutos de enseñanza secundaria están compuestos según el siguiente cuadro:
Miembros
Menos de 8 unidades
Más de
Director
1
1
Jefe de estudios
1
1
Un representante Ayut.
1
1
Profesores
7
Padres/madres ( 1 )
3
Estudiantes
4
PAS ( 2 )
1
Secretario ( 3 )
1
1
Total
19
1.- Uno de los representantes lo designa el APA más representativa del centro.
2.- Personal de Administración y Servicios.
3.- Es el secretario o el administrador del centro, tiene derecho a voz pero no a voto
En el cuadro podemos observar que el sector más favorecido es el de los profesores, son la suma del sector de los padres y de los estudiantes. Evidentemente, esto es una hipocresía puesto que el sector más importante en la comunidad educativa y uno de los más numerosos son los estudiantes.
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2.- ¿Cuáles son las funciones del Consejo Escolar?
Las funciones del Consejo Escolar se recogen en al Real Decreto 83/1996 del 26 de Enero de 1996 BOE 21 de Febrero 1996. Además la Ley de Evaluación, Participación y Gobierno de los Centros Docentes aporta algún cambio a estas competencias.
Establecer las directrices para la elaboración del proyecto educativo, aprobarlo y evaluarlo, sin perjuicio de las competencias que el Claustro de profesores tiene atribuidas en relación con la planificación y organización docente. Asimismo, establecer los procedimientos para su revisión cuando su evaluación lo aconseje.
Elegir al Director del instituto.
Proponer la revocación del nombramiento del director, en los términos establecidos en el artículo 19.3. c) del Real Decreto 83/1996 de 26 de Enero de 1996. BOE de 21 de Febrero de 1996.
Decidir sobre la admisión de alumnos, con sujeción a lo establecido en la normativa vigente.
Aprobar el proyecto de presupuesto del instituto y la ejecución del mismo.
Promover la renovación de las instalaciones y equipamiento del instituto y vigilar su conservación.
Aprobar y evaluar la programación general del instituto, respetando, en todo caso, los aspectos docentes que competen al claustro.
Aprobar y evaluar la programación general de las actividades escolares complementarias.
Fijar las directrices para la colaboración del instituto, con fines culturales, educativos y asistenciales, con otros centros, entidades y organismos.
Analizar y evaluar el funcionamiento general del instituto, especialmente la eficacia en la gestión de los recursos, así como la aplicación de las normas de convivencia y elaborar un informe que se incluirá en la memoria anual.
Analizar y evaluar la evolución del rendimiento escolar general del instituto.
Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del instituto realice la Administración educativa o cualquier informe referente a la marcha del mismo.
Informar la memoria anual sobre las actividades y situación general del instituto.
Conocer las relaciones del instituto con las instituciones de su entorno y con los centros de trabajo.
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3.- ¿Cómo funciona el Consejo Escolar?
3.1.- Lo que dice la legislación.-
El funcionamiento del consejo escolar se determina en primer lugar por lo que estipula Ley de Procedimiento Administrativo respecto a los Órganos Colegiados. En ella podemos observar una serie de aspectos que garantizar la validez de las reuniones y de los acuerdos de este órgano:
Las reuniones del consejo se convocarán por el presidente (el director o directora) a través de una convocatoria escrita, al menos una vez cada trimestre. En todo caso serán obligatorias una reunión al comienzo del curso y otra al final del mismo. La ley no fija el horario en el que se deben convocar las reuniones, aunque aconseja que un día y una hora que posibiliten la asistencia de todos sus miembros.
Junto con la convocatoria se acompañará el orden del día de la reunión. Los consejeros tienen derecho a que este orden del día y la convocatoria les llegue con cuarenta y ocho horas de antelación para poder consultar los documentos que se vayan a debatir en la reunión.
La asistencia a las reuniones del Consejo son obligatorias, no pudiendo faltar sin causa justificada y siempre dando parte al Presidente del mismo.
El Consejo Escolar adoptará los acuerdos por mayoría simple. Existen una serie de excepciones:
La elección del director o directora.
La aprobación del presupuesto.
La revocación del director o directora.
La aprobación del proyecto educativo
La aprobación del reglamento de régimen interno del centro.
El secretario o secretaria del consejo levantará actas de cada una de las reuniones que se aprobará en la siguiente reunión del consejo. Los consejeros que lo deseen podrán solicitar una copia de cualquier acta de una reunión del consejo escolar.
El equipo directivo del centro es el que tiene la responsabilidad de que los acuerdos que adopte el consejo escolar se cumplan.
3.2.- A modo de consejo.-
Lo primero de todo, deberéis exigir que os lleguen las convocatorias con mínimo con 48 horas de antelación para poder estudiar, valorar y contrastar los temas que se van a tratar y debatir en la reunión. Todos los asuntos que se presentan a discusión del consejo escolar son de gran importancia, aunque os los intenten "pintar de simples". No os dejéis; si fueran simples, los hubiera aprobado el equipo directivo sin necesidad de convocar una reunión del consejo escolar.
Lo siguiente que deberéis a hacer es poneros en contacto con entre vosotros/as (los/as consejeros/as) y convocar una reunión de la Junta de Delegados/as del centro para informarles de los puntos del orden del día y para recoger sus sugerencias, quejas, etc. … El Director/a del centro y el Jefe/a de Estudios tienen la obligación de facilitaros todo lo necesario para que la reunión se desarrolle en las mejores condiciones posibles.
Tenéis derecho a acceder a todos los documentos del centro, pues vosotros/as como representantes de un amplio sector de personas en un órgano colegiado donde se toman decisiones que afectan a todos/as; deberéis conocer toda la información para obrar en consecuencia. En el caso de que no os dejen acceder alguna información denunciarlo a las organizaciones estudiantiles o ante la inspección del Ministerio de Educación y Cultura.
Si por algún motivo todo lo anterior no se cumpliese, queda el recurso de pedir un receso razonable en la propia reunión para estudiar los documentos. Y deberéis insistir que esta situación no vuelva a producirse puesto que es denunciable ante la inspección del MEC.
Recordad que como Consejeros/as Escolares tenéis cierta responsabilidad pues todos/as tus compañeros/as han delegado en vosotros/as para que los/as representéis y esperan que hagáis lo mejor para ellos/as y de la mejor manera posible. Por lo tanto, la postura que deberéis defender en las reuniones no son las vuestras propias, sino la de vuestros/as compañeros/as. Es por ello por lo que deberéis oírlos/as antes de cada reunión, pero aparte de la reunión de delegados/as pueden existir otras muchas fórmulas para conocer lo que opinan tus compañeros/as, encuestas, entrevistas, formar un grupo de seguimiento del centro y sus órganos, un buzón de sugerencias, etc. …
Otro de los instrumentos muy bueno o importante para desarrollar vuestro trabajo en el Consejo Escolar son las Asociaciones de Alumnos/as, podéis integraros en la Asociación de Alumnos/as del Centro en caso de que exista, pues coordinarte con ella para algo concreto, o puedes crear una.
Es importante que además de escuchar a vuestros/as compañeros/as consigáis que todos/as o la gran mayoría participen aportando ideas, propuestas, etc. … Porque siempre es más valido cuando la mayoría esta de acuerdo.
Debéis de aprovechar estas fórmulas de evaluación de los problemas y necesidades que existen en el centro para elaborar propuestas a plantear en las reuniones del consejo escolar. Con comunicarlo al director o directora antes de que envíe las convocatorias deberá ser suficiente para que quede introducido como punto del orden del día. Es conveniente que además de la propuesta, preparéis tanto la argumentación en la que os vais a sostener como las contestaciones a las dudas o posturas contrarias que se puedan plantear.
Facilita que el director o directora tenga la información de lo que vais a plantear para que lo envíe a todos/as los/as miembros. Además, entrevistaros con ellos/as, o por lo menos con los de más confianza, para explicarles vuestra postura e intentar convencerlos, o para variarla y que así pueda prosperar. Es vital tener una mentalidad colaboradora.
En una negociación procurar incidir siempre en lo que le interesa a la otra parte que normalmente será la mejora de la calidad de la enseñanza y de la justicia en el centro.
3.3.- En su desarrollo.-
Para exponer una propuesta u opinión existen muchas formas, cada maestro tiene la suya, aunque las más utilizada por todos es la que consiste en escalonar la intervención en tres fases:
La primera de razonamiento, con aportación de datos, cifras y ejemplos para la refutación de los argumentos de las otras personas.
La segunda el resumen de la anterior ( palabras clave )
La tercera será una fase corta con la idea principal que resuma la postura mantenida y haga ver lo adecuado de su adopción.
Es importante que se cuide la forma, ser siempre objetivo y hablar tranquilamente, sin excitación y sin enfado. No debéis de ser apasionados/as aunque sea un tema que os interese en exceso, al contrario un inciso de buen humor calma los ánimos y puede relajar posiciones muy endurecidas. Rebatir argumentos no significa que debáis referiros a datos personales ni que se tenga que ir a destrozar a nadie, ni siquiera a sus opiniones por muy descabelladas que sean. Si conseguís seguir un poco estos consejos lograréis hacer más efectivas vuestras intervenciones.
Los acuerdos adoptados en las reuniones han de ser claros, no mera declaraciones de intenciones, y debe saber quien o quiénes se encargarán de llevarlos a cabo.
Se dan cantidad de quejas entorno a las reuniones del Consejo Escolar, no solamente se dan las referidas a la información parcial o manipulada:
La defensa de los intereses grupales, especialmente por parte de los profesores, que, en ocasiones, no siquiera se para a escuchar los argumentos de los otros sectores que componen el consejo.
La formación de grupos antagónicos que renuncian por sistema a la discusión basados en tener a la mayoría de los apoyos.
La falta de evaluación del funcionamiento. Son pocos los Consejos Escolares que hacen autoevaluación de su funcionamiento, con lo cual nunca se corrigen los errores existentes.
La falta de comisiones de trabajo. Es conveniente que el Consejo trabaje en comisiones en las que los/as estudiantes tenemos el derecho de estar en todas y sin excepción.
La defensa de los intereses personales por encima de los generales.
La adopción de decisiones en función de hechos no comprobados, muchas veces se toman decisiones sin tener unos datos para comprobar la fiabilidad de la misma.
La sistemática presión por parte del profesorado o la dirección sobre los estudiantes sin tener la libertad suficiente para poder opinar sin restricciones. Si se actúa a favor de sus pretensiones, todo son parabienes y trato exquisito, pero si no, empiezan a aparecer contratiempos y dificultades.
La falta de potenciación de la participación por parte de las autoridades educativas.
El engaño a los estudiantes acerca de sus atribuciones y capacidades dentro del propio consejo escolar.
Si en vuestro Consejo ocurriera cualquiera de estas cuestiones es el primer paso para corregirlas, si no lo hace nadie, plantearlo vosotros/as.
Cuando finalice la reunión comenzará otro cometido para vosotros/as: el de informar a los/as estudiantes. Deben conocer lo que pasa en el consejo y saber que pueden influir en él. Esto lo podéis hacer a través de la Junta de Delegados/as, convocando asambleas, haciendo programas de radio, revistas, etc. …
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4.- Las elecciones a consejos escolares.-
Es posible que muchos de vosotros/as no os volváis a presentar al Consejo Escolar y por ello no os interese lo que va a suceder en próximas elecciones. Pero os recordamos que una de vuestras funciones es la de informar a vuestros/as compañeros/as. Os facilitamos ahora una información sobre las elecciones. Además una buena forma de dejar el cargo es ayudar a los/as que os sustituyan ya que esto es lo mismo que ayudar a todo el alumnado.
4.1.- ¿Quienes pueden elegir y ser elegidos/as?
Todos/as los/as estudiantes matriculados/as en el centro pueden elegir a sus representantes y ser elegidos/as como tales. Da igual que estén matriculados/as en turno de mañana, tarde o noche, en secundaria, bachillerato o formación profesional, todos/as y cada uno/a tiene estos dos derechos.
Sin embrago, debido al desconocimiento por parte de los/as estudiantes y a la dejadez por parte de las administraciones educativas, a la hora de realizar campañas de participación, se utilizan a menudo frívolos criterios para elegir a los/as representantes de los/as estudiantes. Frente a ello, habría que elegir entre quienes tengan mayor disposición, conexión con los alumnos, motivación, capacidad, acceso a información, etc. ….
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